FAQ
Es la traducción de un documento hecha por un traductor oficial certificado, quien la firma y sella para dar fe de que es fiel y completa al original. Ese sello le da validez legal ante entidades, embajadas y universidades.
Solo un traductor oficial certificado. En Colombia esa condición se obtiene aprobando el examen de la Universidad Nacional de Colombia o la Universidad de Antioquia (Ley 962 de 2005). La Cancillería no certifica traductores; puedes verificarlo con el número de certificado del traductor.
Depende de la extensión y el tipo de documento. Un acta o certificado suele estar listo en pocos días hábiles; documentos largos toman más. En TraduC te confirmamos el tiempo exacto en la cotización, que enviamos en 2 horas.
Depende del destino. Si el documento va al exterior: primero se traduce, luego se autentica la firma del traductor ante notario y por último se apostilla en la Cancillería (Resolución 1959 de 2020). Para uso dentro de Colombia, la firma del traductor oficial ya es válida y no requiere apostilla.
Suelen requerirla actas de nacimiento y matrimonio, antecedentes judiciales, diplomas, notas, extractos y cartas laborales que estén en español. Cada consulado define sus requisitos: verifica siempre en el sitio oficial de la embajada de tu destino.
El precio depende del número de palabras, el par de idiomas y la urgencia; se calcula sobre el contenido real del documento, no por hoja fija. Envía tu documento y recibe el valor cerrado en 2 horas.
La traducción oficial la certifica un traductor oficial con firma y sello, y tiene validez legal. La traducción simple es solo informativa y no es aceptada por entidades, embajadas ni universidades para trámites.
En la mayoría de los casos, sí, especialmente con la apostilla correspondiente. Algunos países exigen un traductor jurado local. Confirma el requisito con la entidad de destino; en TraduC te orientamos según el país.